MORELIA 11/03/18
+La
victima una menor de 7 meses de edad
RED 113 MICHOACÁN/Redacción
Morelia, Mich.- 11 de marzo de
2018.- La Procuraduría General
de Justicia del Estado (PGJE) obtuvo sentencia condenatoria de 18 años de
prisión contra un responsable del delito de homicidio calificado en agravio de
su hijastra, de siete meses de edad, perpetrado en octubre de 2016 en esta
ciudad de Morelia.
En
procedimiento abreviado, el juez de control resolvió sentenciar a Javier P.,
quien de acuerdo con datos de prueba que integran la Carpeta de Investigación,
el 13 de octubre del citado año golpeó a G.S.R y le generó lesiones
determinantes para que dos días después perdiera la vida.
Durante
el desarrollo de las indagatorias se estableció que el día de los hechos el
ahora sentenciado se encontraba consumiendo narcóticos en su domicilio, ubicado
en la colonia Constituyentes de Querétaro.
En
el sitio también estaba su pareja sentimental y madre de la agraviada, a quien
comenzó a agredir física y verbalmente, y posteriormente golpeó a la menor
cuando ésta empezó a llorar al darse cuenta de lo que ocurría.
Dos
días después, y tras una discusión con su pareja, Javier P. nuevamente agredió
a la niña; cuando la madre intervino, se percató de que su hija estaba
inconsciente, por lo que la trasladaron a una clínica particular, pero derivado de la gravedad de las lesiones que
presentaba, fue canalizada al Hospital Infantil, donde falleció.
Con
relación a este hecho, la Unidad Especial para la Atención de Delitos de
Homicidio Cometidos en Agravio de la Mujer inició las investigaciones
correspondientes, por lo que una vez que se estableció la relación del imputado
en los hechos, se solicitó orden de aprehensión en su contra, que fue
obsequiada por el órgano jurisdiccional.
Luego
de que el juez de control vinculara a proceso a Javier P., en procedimiento
abreviado resolvió sentenciarlo a 18
años de prisión por su responsabilidad en el delito de homicidio.
El
procedimiento abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso
contemplada en el Código Nacional de Procedimientos Penales, que consiste en el
reconocimiento del imputado en su participación en el hecho delictivo y, como
consecuencia, se valora la pertinencia de reducir, en un margen acotado, la
sanción que se impondrá al individuo.