Nombran a subcoordinador
de mediación en la CEDH
RED 113 MICHOACÁN/Redacción
Morelia,
Mich.- 11 de febrero de 2015.- El presidente de la Comisión Estatal de los
Derechos Humanos (CEDH), José María Cázares Solórzano, nombró al licenciado
Víctor Hugo Villagómez Ortíz, subcoordinador de Mediación y Conciliación, área
que dependerá de la Coordinación de Orientación Legal, Quejas y Seguimiento.
De esta manera se da cumplimiento a la recién
publicada Ley de la CEDH, que establece la creación de una Subcoordinación de
Mediación y Conciliación, como un medio alternativo, auxiliar y complementario
a los procedimientos de queja que se presenten en el organismo.
En su mensaje el Ombudsman michoacano, expresó
que a través de este espacio se busca fortalecer a la institución, con el firme
propósito de brindar el cobijo que las personas requieren “que son ciudadanos
que llegan a este organismo muy dolidos por el trato que han recibido y la
encomienda es que no se vayan de aquí sin la debida protección y defensa de sus
derechos”, enfatizó.
Víctor Hugo Villagómez
Ortíz es licenciado en derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de
Hidalgo (UMSNH) cursó la maestría en Derecho Público en la Universidad de
Estudios de Postgrado en Derecho en México, D.F; cuenta con estudios de en
Derecho de Acceso a la Información Pública,
Derecho de Amparo, Derecho Penal y Derecho Civil.
Se desempeñó como Jefe del Departamento del
Fuero Común Federal en la Auditoria Superior de Michoacán, Asesor en la LXXII Legislatura del Congreso
del Estado y Secretario Técnico en la Secretaría de Gobierno de la entidad.
De acuerdo al artículo 64 de la Ley de la
CEDH, la Subcoordinación de Mediación y Conciliación tendrá como atribuciones
las siguientes:
1.- Establecer
vinculación, seguimiento, capacitación y delegación de la facultad con los
Visitadores Regionales.
2.- Informar al Visitador
correspondiente sobre los asuntos conciliados.
3.- Sujetarse a los
principios de voluntariedad, gratuidad, neutralidad, confidencialidad e
imparcialidad.
4.- Propiciar en
cualquier etapa del procedimiento la mediación y la conciliación, excepto
cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos o que afecten
intereses de terceros.
5.-Procurar la
conciliación entre las partes en la misma audiencia de ofrecimiento, admisión y
desahogo de pruebas.
