Tribunal de Enjuiciamiento, en cumplimiento a
suspensión provisional de amparo, aplaza el inicio de primera audiencia de juicio
oral Región Morelia
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La parte defensora informó y acreditó en audiencia
la tramitación y concesión de la suspensión provisional para el efecto de
suspender la audiencia de debate.
Morelia, Michoacán a 10 de noviembre de 2015.- En la Sala de Oralidad 1 del Palacio
de Justicia José María Morelos, dio inicio el primer juicio oral de la región
de Morelia, asentado en la causa penal 42/2015 por el delito de robo calificado
grave.
En esta audiencia pública de juicio oral y, ante
una concurrida audiencia, el Tribunal de Enjuiciamiento estuvo conformado por
María Consuelo López Ramírez como jueza presidenta, Víctor Hugo Ortiz Margarito
como juez relator y Ana Lilia García Cardona como jueza auxiliar.
En el marco del juicio, se procedió a la
individualización de las partes y antes de iniciar con los alegatos de apertura,
la defensa informó por vía incidental, de la tramitación de un amparo ante el
juez segundo de distrito en el estado, quien concedió la suspensión provisional
con el objetivo de aplazar el inicio de la audiencia de juicio oral, puesto que
en audiencia de la etapa intermedia -celebrada el 8 de octubre-, se denegó la
posibilidad de resolver la causa mediante un procedimiento abreviado.
El acusado, a través de su defensa, consideró que
dicha negativa causaba un perjuicio a las garantías individuales asentadas en
los artículos 1°, 14°, 16° y 20° de la Constitución Mexicana. De tal forma que
la jueza presidenta María Consuelo López Ramírez, después del control
horizontal entre las partes, ordenó en cumplimiento a la suspensión provisional
del amparo, aplazar el inicio de la audiencia de juicio oral.
Por lo anterior, el juez de distrito resolverá la
vía jurídica del caso, para que éste sea por medio de juicio abreviado -el cual
será llevado por el juez de control-, o el Tribunal de Enjuiciamiento continuará
con el proceso judicial.
Hasta que se resuelva el juicio de amparo, el
Tribunal de Enjuiciamiento determinó que la persona acusada continúe con la
medida cautelar de prisión preventiva que le había sido impuesta.
Cabe recordar que esta nueva forma de impartir
justicia que entró en vigor en la región de Morelia el pasado 7 de marzo, se
rige bajo el principio de presunción de inocencia y es más garante de los
derechos humanos de la víctima y el imputado. Además, privilegia los acuerdos
reparatorios entre las partes, lo que permite reconstruir el tejido social.