TARÍMBARO
20/04/18
Aprehende
PGJE a tres implicados en el delito de
Desaparición Cometida por Particulares, en Tarímbaro
RED 113
MICHOACÁN/Redacción
Tarímbaro,
Mich.-20 de abril de 2018.- La Procuraduría General de Justicia del Estado
cumplimentó orden de aprehensión en contra de tres personas relacionadas en el
delito de Desaparición Cometida por Particulares, conducta contemplada en la
nueva Ley General en la Materia publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 17 de noviembre de 2017.
Ante el
Juez de control serán presentados Miguel Ángel Q., Juan Carlos G. y Gabriel G.,
quienes de acuerdo a la carpeta de investigación, están relacionados en la
desaparición de Eridiana C. e Israel Ch, pareja que fue vista por última vez el
pasado 6 de abril en la localidad de Jamaica, municipio de Tarímbaro; sin
embargo, hasta cinco días después se denunciaron los hechos ante la
Procuraduría General de Justicia del Estado.
Derivado de
esta denuncia y ante el temor de que estuviera en riesgo la integridad de las
víctimas, la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de
Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por
particulares, aplicó los protocolos de Búsqueda, alertándose de ello a
corporaciones policiacas municipales, estatales y federales.
El pasado
miércoles, los imputados fueron requeridos por una conducta diferente; sin
embargo, al detectar que la camioneta en la que viajaban correspondía a la
unidad de Eridiana C. e Israel, la autoridad realizó las diligencias
correspondientes, logrado obtener datos de prueba que los relacionaban en la
desaparición de la pareja, de la cual hasta el momento se ignora su paradero,
solicitándose la respectiva orden de aprehensión, que fue obsequiada por el
juez de control.
Esta tarde
se dio cumplimiento al mandato judicial, siendo los ahora detenidos trasladados
al Centro de Reinserción Social “Lic. David Franco Rodríguez”, por lo que en
las próximas horas serán presentados ante el órgano jurisdiccional a efecto de
formular imputación por su posible intervención en el delito de Desaparición
Cometida por Particulares.
La Ley
General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición Cometida por
Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en su artículo 34
establece que incurre en el delito de desaparición cometida por particulares
quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la
víctima o su suerte o paradero.
A quien
cometa este delito se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro
mil a ocho mil días multa.