MORELIA 30/07/2021
Tribunal Federal Concede Amparo a abogado para que el Consejo del Poder Judicial del Estado de Michoacán reglamente los juicios en línea
RED 113 MICHOACÁN Redacción
Morelia, Mich. -30 de julio de 2021.-
Mediante ejecutoria dictada dentro del Amparo en Revisión 3/2021 por el Segundo
Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer
Circuito se concedió amparo al abogado michoacano Javier Escamilla Báez en
contra de una omisión reglamentaria por parte del Consejo del Poder Judicial
del Estado de Michoacán (CPJM).
La inconstitucionalidad de la omisión reglamentaria se
declaró porque el CPJM incumplió con la obligación que tenía de expedir los
reglamentos de la Ley de Firma Electrónica Certificada del Estado de Michoacán
en los 90 días naturales siguientes al 1 de octubre de 2015, fecha en que entró
en vigor de dicha ley.
En ese contexto, el tribunal federal consideró que la
omisión reglamentaria del CPJM violaba los siguientes derechos fundamentales
del quejoso y el resto de los gobernados: Los principios de legalidad y
seguridad jurídica y acceso efectivo a la justicia tutelados por los artículos
14, segundo párrafo, 16, primer párrafo, y 17, párrafos segundo y tercero, de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De manera relevante, en su ejecutoria, el tribunal de
circuito determinó que la omisión reglamentaria “redunda en que no se pueda
concretar para el quejoso –y en general para los gobernados– el uso eficaz y
eficiente de las tecnologías de la información disponibles para obtener
justicia de forma pronta y expedita, completa e imparcial, y que le genere
certeza dentro de los diversos procedimientos que ordinariamente se siguen ante
el referido Poder administrador de justicia –al margen de la forma presencial
tradicional–, pues la omisión en que éste ha incurrido hasta ahora hace
nugatorio el acceso al juicio en línea”.
Según el tribunal de amparo, esta violación de
derechos fundamentales es más grave en el marco de la actual contingencia
sanitaria por la COVID-19.
Con este fallo, se ordenó al CPJM responsable emitir
la reglamentación omitida en el plazo previsto originalmente por la ley, con lo
que se confirma la posibilidad para que los justiciables puedan acceder en
forma electrónica y a distancia a los procedimientos que son competencia del
Poder Judicial de Michoacán.
La versión pública de la ejecutoria puede consultarse
en el sistema de consulta de expedientes (SISE) del Consejo de la Judicatura
Federal en la dirección de internet:
https://www.cjf.gob.mx/micrositios/dggj/paginas/serviciosTramites.htm?pageName=servicios%2Fexpedientes.htm
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