MORELIA 20/05/24
Arranca FGE certificación en materia de Desaparición Forzada
RED 113 MICHOACÁN/Redacción
Morelia, Michoacán, a 20 de mayo de 2024.- Con el objetivo de eficientizar las labores de
búsqueda de personas desaparecidas, la Fiscalía General del Estado de Michoacán
(FGE) dio inicio con la “Certificación en materia de Desaparición Forzada de
Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de
Búsqueda de Personas”.
La presente capacitación
está dirigida a personal perteneciente a la tríada investigadora (Agentes del
Ministerio Ministerio Público, Peritos y Policías de Investigación) de la
Fiscalía Especializada para la Investigación
y Persecución de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición
Cometida por Particulares, y es impartida por instructoras e instructores
especializados, quienes cuentan con amplia experiencia en la materia.
En su intervención, el
Director General del Instituto de Capacitación y Servicio Profesional de
Carrera, Jaime Mendoza Guzmán destacó que tras esta especialización, se
garantizará la protección integral de los derechos de las personas
desaparecidas, así como la atención, asistencia, protección y, en su caso, la
reparación integral y las garantías de no repetición.
Así mismo, explicó, se
podrá establecer la forma de participación
de los familiares en el
diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e
identificación de personas desaparecidas y no localizadas.
La capacitación cuenta
con una duración de 220 horas y participan 70 personas servidoras públicas,
quienes aprenderán temas como Derechos humanos; Marco jurídico internacional
contra la desaparición forzada de personas; Aspectos del derecho penal
sustantivo; Medidas de investigación y persecución penal contra la desaparición
forzada; Derechos de los familiares de las víctimas en las acciones de
búsqueda; El desarrollo del interrogatorio y contrainterrogatorio; Protocolo
homologado para la búsqueda de personas desparecidas y no localizadas;
Inspecciones; entrevistas, entre otros.
De conformidad con lo
establecido en el apartado C del artículo 41 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, a partir del 1 de marzo y hasta la conclusión de la
jornada comicial, debe SUSPENDERSE, la difusión de toda propaganda gubernamental,
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