En Lázaro Cárdenas, celebra Fiscalía General acuerdo reparatorio en favor de un hombre víctima de despojo de inmueble
Lázaro Cárdenas, Michoacán, a 3 de julio de 2025.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), a través del Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC), celebró un acuerdo reparatorio que permitió la restitución de un inmueble a su propietario, que había sido víctima de despojo, en Lázaro Cárdenas.
Alfredo V., presentó una denuncia en contra de Miguel Ángel Z., quien había invadido su terreno, ubicado en la localidad de Guacamayas, al cual le quitó la cerca que lo protegía, argumentando que era de su propiedad.
Tras determinar que el caso podría resolverse a través de un mecanismo alternativo, el expediente fue derivado al CMASC, donde, en apego al Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), un agente del Ministerio Público invitó a las partes involucradas a suscribir un acuerdo reparatorio, lo cual fue aceptado.
Al inmueble se trasladó personal de este Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, en compañía de la víctima y el requerido, por lo que fue celebrado y firmado el acuerdo que permitió al agraviado recuperar su propiedad.
El Artículo 186 del CNPP establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
Alfredo V., presentó una denuncia en contra de Miguel Ángel Z., quien había invadido su terreno, ubicado en la localidad de Guacamayas, al cual le quitó la cerca que lo protegía, argumentando que era de su propiedad.
Tras determinar que el caso podría resolverse a través de un mecanismo alternativo, el expediente fue derivado al CMASC, donde, en apego al Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), un agente del Ministerio Público invitó a las partes involucradas a suscribir un acuerdo reparatorio, lo cual fue aceptado.
Al inmueble se trasladó personal de este Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, en compañía de la víctima y el requerido, por lo que fue celebrado y firmado el acuerdo que permitió al agraviado recuperar su propiedad.
El Artículo 186 del CNPP establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.