martes, 7 de agosto de 2018

Inicia CEDH revisión de Barandillas Municipales



Inicia CEDH revisión de Barandillas Municipales



*De 2016 a la fecha por lo menos dos decesos se han registrado en estos espacios.



Morelia, Michoacán; 07 de agosto del 2018. Ante las violaciones graves a los derechos humanos que han derivado incluso en la muerte de personas al interior de las áreas de detención municipal mejor conocidas como “barandillas”, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) inició un programa de revisión a estos espacios.



La instrucción del Ombudsman michoacano, Víctor Manuel Serrato Lozano, es inhibir prácticas de tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes; así como vigilar y garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas privadas de su libertad en los establecimientos destinados a la detención preventiva o internamiento municipal.



Ante ello el coordinador del Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal Barandillas 2018, Víctor Villanueva Hernández, dio inicio a los trabajos de supervisión en los municipios de Zacapu y Jiménez.



Del 2016 a la fecha la CEDH tiene un registro de 18 quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos de personas detenidas y remitidas a las barandillas, vulnerando principalmente el derecho a no ser sometido al uso desproporcionado de la fuerza pública, no ser sujeto de privación ilegal de la libertad o de incomunicación.



Es de mencionar que en el 2016 la CEDH acreditó violaciones a los derechos humanos consistentes en omisión para brindar atención y cuidados a un ciudadano en el área de barandilla del Ayuntamiento de Jiquilpan, quien falleció en el lugar ante la negligencia de la autoridad municipal. Según el testimonio del padre de la víctima su hijo fue remitido a la barandilla bajo los efectos del alcohol en donde comenzó a delirar, a manifestar conductas de ansiedad, y a pesar de sus ruegos para que le permitieran brindarle la atención médica necesaria la autoridad hizo caso omiso.



En 2017 la Comisión emitió la recomendación 057/2017 al Ayuntamiento de La Piedad al acreditar violación al derecho a la integridad y seguridad personal de un detenido que falleció en barandilla de ese municipio. En este hecho un joven que limpiaba parabrisas fue remitido a barandilla y fue hasta el día siguiente que un empleado de una funeraria le notificó a la mamá que su hijo se había ahorcado por lo que era necesario que acudiera a identificar el cuerpo.



El Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal Barandillas 2018, consta de la revisión de cinco derechos fundamentales: derecho a recibir un trato humano y digno; derecho a la legalidad y seguridad jurídica; derecho a la protección de la salud; derecho a la integridad personal y derechos de los grupos en situación de vulnerabilidad.



Se supervisan las instalaciones a través de un recorrido por parte del personal de la CEDH que evaluará las condiciones en que se encuentran, se realizan entrevistas al azar con reclusos, custodios y personal directivo. Al finalizar las revisiones el organismo emitirá un informe con los resultados obtenidos y las observaciones respectivas.



En el 2011 esta Comisión emitió la Recomendación General 003/2011 para salvaguardar los derechos humanos de los ciudadanos que son detenidos por faltas administrativas.



En dicha recomendación se hizo hincapié a que en toda área de internación o barandillas se debe contar por lo menos con lo siguiente: datos generales de los detenidos, motivo de la detención, autoridad o servidor público que realizó la detención, sanción impuesta, tiempo de internación, monto de la multa, inventario de las pertenencias de los detenidos; así como monitorear constantemente a los internos; aspectos a evaluar en esta revisión.


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