jueves, 4 de febrero de 2021

Nuevos procedimientos para expedición de licencias para conducir

 




Nuevos procedimientos para expedición de licencias para conducir


• Los exámenes médicos de cualquier institución de salud autorizada previamente por la SSM, serán aceptados para el trámite

• Actualmente no se encuentra activo el programa de licencias permanentes, ni se cuenta con servicio de expedición de licencias digitales

Morelia, Michoacán, a 4 de febrero de 2021.- En busca de simplificar los procedimientos de expedición de licencias para conducir, el Gobierno de Michoacán modifica lineamientos en lo referente al examen médico y de manejo.

Con estas modificaciones, realizadas por la Secretaria de Finanzas y Administración (SFA), las personas que requieran de la expedición por primera vez de la licencia para conducir deberán dirigirse primeramente a realizar el examen correspondiente al manejo de vehículos en las instalaciones de Policía y Tránsito estatal.

En lo referente al examen médico, que conforma junto al de manejo uno de los requisitos primordiales para la expedición de la licencia para conducir, podrán realizarse en cualquier institución de salud.

En este contexto, la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo menciona que los exámenes de manejo y médico podrán ser “realizados por instituciones públicas o privadas, estas últimas previamente autorizadas por la Secretaría de Salud (SSM) o la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) según se trate”.

No obstante, las oficinas de Rentas en su mayoría ofrecen los servicios de aplicación de estos exámenes para una mayor comodidad de los contribuyentes.

Posteriormente a la realización de estas evaluaciones el interesado podrá acudir con el documento emitido por estas instituciones a cualquiera de las oficinas de Rentas en el estado para tramitar su licencia para conducir, como son administraciones, receptorías o módulos de Rentas de la SFA donde se cuente con este servicio.

El Gobierno estatal subraya la importancia de que estos trámites se realicen en las dependencias u oficinas autorizadas, cualquier documento expedido a través de gestores o servicios en Internet es considerado apócrifo y carece de todo valor legal o administrativo.

La SFA enfatiza que actualmente no se cuenta con licencias permanentes para conducir; señala además que la información referente a la expedición de licencias digitales no está aplicable actualmente en ninguna de sus oficinas.

El trámite de licencia para conducir en Michoacán es personal y presencial, ya que el procedimiento requiere de toma de datos biométricos como escaneo de retina, toma de huellas digitales, fotografía y firma por parte del interesado.

La SFA solicita el apoyo de la población, para que las personas que acudan a realizar sus trámites a las oficinas y módulos de Rentas acaten las medidas de prevención y contención emitidas por la Secretaría de Salud (SSM) en el estado.

Estas deberán acudir sin acompañantes y estar atentos a las indicaciones de guardar la sana distancia y el uso de cubrebocas obligatorio.

Para mayores informes respecto a medidas de prevención e información general sobre el COVID-19, la Administración Estatal pone a disposición de la población el número 800-123-2890, con 11 líneas para resolución de dudas, así como un micrositio donde encontrarán toda la información disponible sobre COVID-19, ingresando a la liga bit.ly/MichCOVID-19.

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