miércoles, 19 de octubre de 2022

Logra FGE de acuerdo reparatorio por el delito de receptación

 

MORELIA 19/10/22

 

Logra FGE de acuerdo reparatorio por el delito de receptación

 


RED 113 MICHOACÁN/Redacción

 

Morelia, Michoacán, a 19 de octubre de 2022.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) logró mediante un acuerdo reparatorio, el pago por concepto de reparación del daño a favor de una compañía de seguros víctima del delito de receptación, cometido en esta ciudad en el 2021.

 

El 6 de julio del año en cita, Jaime “N” circulaba a exceso de velocidad, haciendo maniobras indebidas por la avenida Amalia Solórzano de la colonia El Durazno, en esta ciudad, a bordo de una camioneta marca Ranger, tipo Pick up, color blanco.

 

En un momento determinado, fue visto por elementos policiales, quienes le dieron alcance y le advirtieron que condujera con precaución, instrucción a la que hizo caso omiso y por el contrario aceleró la unidad, lo que provocó que fuera detenido sobre la misma avenida, a la altura de la calle Miguel Hidalgo.

 

Acto seguido, se le solicitó la documentación para acreditar la propiedad, pero al no poder hacerlo, se llevó a cabo una inspección, mediante la que se estableció que la unidad contaba con reporte de robo con fecha 7 de agosto del 2018, en Zamora, por lo que fue asegurado.

 

Jaime “N”., fue puesto a disposición del agente del Ministerio Público de la Unidad Contra el Robo de Vehículos de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos de Alto Impacto, que tras iniciar la Carpeta de Investigación lo condujo ante el Juez de Control, quien, luego de valorar los datos de prueba aportados, resolvió vincularlo a proceso y decretó un mes de plazo para la investigación complementaria.

 

Una vez que se analizó el caso, las partes intervinientes establecieron la posibilidad de dar solución a su conflicto mediante una salida alterna por lo que se les informó de la posibilidad de suscribir un acuerdo de cumplimiento diferido, mismo  que fue aprobado por la autoridad jurisdiccional.

 

El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.

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