Implementan programa para conclusión de juicios orales en el Poder Judicial de Michoacán
+Asegurar el derecho a una justicia pronta y expedita, evitar reposición de juicios y revictimización, entre los objetivos
RED 113 MICHOACÁN/Redacción
Morelia, Mich.- 21 de mayo de 2025._ Con el objetivo claro
de asegurar el derecho de la ciudadanía a una justicia pronta y expedita, y en
el marco de la reforma judicial, el Consejo del Poder Judicial de Michoacán
aprobó el Programa extraordinario de conclusión de juicios orales antes del 15
de septiembre de 2025 propuesto por la Dirección de Gestión del Sistema de
Justicia Penal Oral, así como su implementación inmediata.
Lo anterior, con motivo de la elección extraordinaria
2024-2025 de juzgadoras y juzgadores que integrarán la titularidad de diversos
órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de Michoacán que implica la
elección de 20 juzgadores orales penales de los 36 cargos que se encuentran en
activo en todo el estado.
Al tener el Consejo la atribución de adoptar todas las
medidas necesarias para la buena marcha de la administración de justicia, se
consideró la urgencia de generar una acción cuyo fin sea la conclusión antes
del 15 de septiembre de aquellos juicios orales que han iniciado y ya presiden
los jueces que se encuentran en la situación de candidatura o
retiro/jubilación.
El programa consiste en fijarles jornadas dobles de
audiencia, la utilización de salas destinadas a la realización de audiencias de
otras materias en todas las regiones, habilitación de auxiliares de
sala/ingreso/atención al público según lo requiera la demanda operativa, la
clasificación de los procesos por grado de complejidad y reasignación de
juicios que no han iniciado entre jueces con permanencia garantizada.
Con esta acción, el Poder Judicial de Michoacán reafirma su
compromiso de garantizar que el derecho de las personas a acceder a una
justicia pronta y expedita no se vea afectado con reposiciones de juicios que
traigan como consecuencia la violación a derechos fundamentales, a los
principios del sistema de justicia acusatorio oral; a la par, aportaría a
evitar un retraso en la administración de justicia, la revictimización o a la
necesidad de invertir más tiempo/recursos de las instituciones y las partes involucradas
en los procesos penales.
Es importante señalar que si bien la proyección e
implementación del programa depende de inicio del Poder Judicial de Michoacán,
el éxito o buen término del mismo requerirá la voluntad y participación de
todos los operadores jurídicos, entre ellos, jueces y juezas, personal
administrativo judicial, Fiscalía General del Estado, Defensoría Pública,
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, Procuraduría de Atención a
Niñas, Niños y Adolescentes y abogados postulantes, entre otros.